Cuando escuchamos la palabra “pensionista”, puede ser que nos llegue a la mente ver una persona anciana, con bastante tiempo libre, que durante su vida productiva estuvo trabajando y que ahora vive de sus “rentas”. Pero la palabra pensión es un término que abarca mucha la situación de estas personas.
Cuando hablamos de las pensiones, nos referimos al monto que paga el Estado a una persona cuando se jubila. También las personas que reciben este beneficio son aquellas que enviudan o quedan incapacitada. Este dinero se les entrega de manera periódica, es decir, cada mes.
Una pensión, la podemos definir también como el abono que recibe una persona, en tal caso, el beneficiario de forma ocasional o vitalicia por parte del estado. Esto teniendo en cuenta sus leyes o por parte de una entidad privada, una suma determinada de dinero, el cual se le irá abonando mensualmente.
Estos subsidios en los marcos legales, suelen interpretarse como un seguro social frente a riesgos laborales, como pueden ser, accidentes o enfermedades de la vejez, así como también la incapacidad motriz, la viudez, víctimas de atentados terroristas, etc.
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Cuando las personas reciben las pensiones, esta forma parte de la seguridad social, de tal manera que podrán satisfacer sus necesidades elementales. El monto que recibe cada una de ellas, depende de la legislación de cada nación, al igual del monto a recibir. De acuerdo a sus características las pensiones pueden ser:
Pensiones Contributivas
Estas son las prestaciones económicas supeditadas a una previa relación jurídica con la Seguridad Social, esto quiere decir, acreditar un periodo mínimo de cotización. Los trabajadores en su tiempo de desempeño en la empresa deben abonar una cuota fija a este fondo.
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Las pensiones contributivas, son aquellas que a las personas que la reciban ya se les ha pagado anteriormente, esto quiere decir, que es un fondo creado a partir de los aportes de los trabajadores activos. Estas pensiones contributivas se dividen en tres tipos que son muy fundamentales:
- Seguro de desempleo: Es aquella que se refiere cuando el Estado le otorga al ciudadano que se encuentra en paro, que en su momento cotizó y contribuyó con una cantidad de dinero para mantener la seguridad social.
- Pensión de Jubilación: Esta se refiere cuando el trabajador llega a su máxima edad para trabajar según la ley, cuando le pone fin a su vida laboral.
- Pensión de Invalidez: En esta oportunidad, se refiere al trabajador que tiene un accidente laboral o alguna enfermedad, por lo tanto, no puede seguir desempeñando su cargo debido a las secuelas de la misma.
Pensiones no Contributivas
Se refiere a las prestaciones económicas reconocidas a ciudadanos en situaciones de necesidad, es decir, que carezcan de recursos para su subsistencia, aunque no hayan culminado el tiempo suficiente sus cotizaciones.
Aquí nos referimos al derecho que surge de manera directa por LEY, como por ejemplo una pensión alimenticia. Cabe destacar que en este marco se incluyen diversas modalidades, donde las más importantes son las siguiente:
- Pensión alimenticia: Es aquella en donde una persona le tiene que pagar a otra su manutención, es decir, que, en el caso de tener un hijo en una relación matrimonial, se compromete ante el estado una cantidad de dinero para que pueda subsistir este hijo.
- Pensión de Viudedad: es aquella que se le otorga al viudo o viuda de una persona que fallece por una enfermedad o un accidente.
- Pensión de Orfandad: aquí nos referimos como su nombre lo indica, la pensión que se le otorga al hijo de una persona fallecida, especialmente a estos hijos son menores de edad.
Tenemos que tomar en cuenta algo muy importante, la Cotización para las pensiones de los mismos trabajadores en ACTIVO. Existen muchas empresas privadas que, en la actualidad, manejan entre sus políticas institucionales un Plan de Pensión Privada. Esto es un gran beneficio a largo plazo para aquellos trabajadores que han entregado su vida laboral a estas empresas.
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Sistemas de Pensiones
Tenemos algunos tipos de sistemas de pensiones que se encargan de gestionar y de otorgar las pensiones: El público, el privado y el mixto.
- El Público: Este tipo de pensión se gestiona en base al principio de reparto, es cuando los trabajadores financian las prestaciones existentes en ese momento.
- El Privado: En este caso es cuando se refiere a sacarle el máximo de rentabilidad a nuestros ahorros.
- El Mixto: Es la unión de los dos modelos anteriores, es decir, el servicio público se encarga de cubrir las necesidades básicas y el privado, es el complemento para mantener una calidad de vida al trabajador.